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9 de marzo de 2026

Leslie Jiménez
Las personas morales tienen como fecha límite el 31 de marzo para presentar su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó el coordinador de la Comisión de Síndicos del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Puebla, José Alberto Muñoz Vargas.
El especialista advirtió que no cumplir con esta obligación fiscal puede derivar en multas de hasta 59 mil pesos, además de la posible restricción del certificado de sello digital, herramienta necesaria para emitir facturas electrónicas.
Explicó que la declaración se realiza a través de la plataforma del SAT, donde se integran datos precargados con base en las declaraciones mensuales del contribuyente.
Muñoz Vargas señaló que la restricción del sello digital puede afectar directamente la operación de las empresas, ya que al no poder facturar se dificulta el cobro de sus servicios o productos.
Por ello, llamó a los contribuyentes a revisar su información fiscal y presentar su declaración en tiempo y forma para evitar sanciones o complicaciones en su actividad económica.




