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28 de enero de 2026

Paola Macuitl
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó, por mayoría de votos, que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) admita la impugnación promovida por el síndico de San Pedro Cholula, Iván Cuautle Minutti, quien fue suspendido temporalmente del cargo por una medida cautelar dictada por un juez penal, sin imponerle prisión preventiva.
La Sala Superior resolvió el recurso de reconsideración SUP-REC-611/2025 luego de que el tribunal poblano y la siguiente instancia encargada de la justicia electoral, la Sala Regional, confirmaron que eran incompetentes para conocer la impugnación a la suspensión y a la toma de protesta de su suplente, en septiembre de 2025.
Sin embargo, este miércoles, los magistrados señalaron que el tribunal de Puebla sí es competente para analizar el caso, pues se afecta el derecho político-electoral al ejercicio del cargo de Cuautle Minutti.
Además, la Sala Superior consideró que la suspensión del cargo por el que fue electo sólo está justificada si lo hubieran privado de la libertad, pero como no fue así, el TEEP deberá estudiar a fondo el caso y deberá tomar en cuenta la afectación a los derechos del señalado.
Recordar que Iván Cuautle fue vinculado a proceso por el delito de falsedad de declaraciones ante la autoridad, luego de que el propio Ayuntamiento de Tonantzin Fernández Díaz lo denunció.
El síndico fue señalado por presuntamente haber negociado el control del mercado Cosme del Razo a organizaciones externas, lo que generó un enfrentamiento violento el 8 de julio de 2025.




