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2 de junio de 2026

Paola Macuitl Gallardo
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó un oficio emitido por el Instituto Registral y Catastral de Puebla, dirigido a la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, en el que se señalaba que la comunidad de Maloapan forma parte del municipio de Hueyapan.
Este martes, los ministros resolvieron una controversia constitucional promovida por el Ayuntamiento de Atempan, que impugnó el documento emitido el 17 de septiembre de 2020, en el cual el Instituto sostuvo que Maloapan pertenece a Hueyapan con base en información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
Sin embargo, la Corte determinó que dichos datos tienen un carácter técnico y estadístico, por lo que no son suficientes para definir legalmente la pertenencia territorial de una comunidad. La ministra ponente, Yasmín Esquivel Mossa, explicó que únicamente el Congreso del Estado de Puebla tiene la facultad de establecer los límites entre municipios.
Asimismo, señaló que el oficio genera incertidumbre jurídica, ya que no existe una definición clara sobre qué ayuntamiento debe prestar servicios públicos, recaudar impuestos o administrar el catastro en Maloapan, situación que afecta la seguridad jurídica de sus habitantes.
La SCJN también concluyó que el Congreso del Estado no ha incurrido en omisión respecto a la solicitud presentada por Hueyapan para resolver el conflicto limítrofe, ya que el asunto continúa en análisis dentro de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Por ello, la Corte exhortó al Congreso local, así como a los ayuntamientos de Atempan y Hueyapan, a mantener la colaboración institucional y seguir los procedimientos establecidos en la ley para alcanzar una solución definitiva al conflicto territorial.




